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  • Consulta inversión pre proyecto

    Posted by Cynthia Urbano on 23 de febrero de 2021 en 10:51

    Hola chicas, una consulta

    Antes de una hacerse autónoma puede que necesite servicios externos como pagar a un diseñador por branding e imagen corporativa, por una web y son cosas que las hacemos antes de darnos de alta porque se hacen con antelación al lanzamiento de un proyecto.

    Esa inversión cuenta en hacienda para algo? tema iva o tema gastos del proyecto?

    Gracias

    Cynthia Urbano respondido hace 3 años, 10 meses 4 Miembros · 11 Respuestas
  • 11 Respuestas
  • Kangyun Xiao

    Miembro
    23 de febrero de 2021 en 12:40

    Buenos días, Cynthia,

    Técnica y formalmente hablando, Hacienda SÓLO admite como gastos deducibles posteriores después de cursar el alta censal como empresarios y profesionales.

    Si bien es cierto que lo que se podría hacer es un alta previa en Hacienda, para poder considerar deducibles esos gastos en tus futuras declaraciones fiscales, cuando ya te des de alta definitiva en Hacienda y Seguridad Social.

    Si no lo haces, no podrás deducirte esos gastos previos de tu negocio. O si lo incluyes, tienes el riesgo de que posteriormente, Hacienda te lo excluya por ser gasto indebidamente incluido, lo cual implicaría revisión de pago de impuestos, intereses, y posibles sanciones.

    No sé si me he explicado bien.

    Un abrazo,

    Kang

    • Cynthia Urbano

      Miembro
      24 de febrero de 2021 en 23:27

      Muchas gracias por tu ayuda con la info

      • Kangyun Xiao

        Miembro
        25 de febrero de 2021 en 05:56

        ???? No hay de qué aquí estamos para compartir. Un abrazo.

  • Estel Gasulla Roglà

    Miembro
    23 de febrero de 2021 en 12:46

    Hola Cynthia!

    Un placer saludarte!

    Hay una manera de notificar a Hacienda que empiezas a tener gastos pero no ingresos, se le llama “alta previa” y se avisa a Hacienda de ello rellenando y presentando el modelo 037 o 036. Marcando las casillas 504 o 506. Cuando “abras la persiana” del proyecto, deberás volver a presentar otro 036 o 037 para notificar el alta definitiva.

    Si sigues estos pasos, el IVA de las facturas será deducible siempre que estén a tu nombre. El gasto también será deducible para tu actividad.

    Saludos,

    Estel.

    • Cynthia Urbano

      Miembro
      24 de febrero de 2021 en 23:28

      Gracias por la info Estel. Y desde que notifico que comienzo a tener gastos hasta que lanzo el proyecto cuanto tiene que pasar? Porque hay gastos que una empieza a tener con meses de antelacion como una web o la parte grafica y son facturas gordas. Muchas Gracias

      • Kangyun Xiao

        Miembro
        25 de febrero de 2021 en 05:54

        Para Hacienda no existe un plazo fijo en el que puedas estar en situación de alta previa. De todos modos, no es muy conveniente dilatarlo mucho tiempo, teniendo en cuenta que Seguridad Social aplica un plazo máximo de 60 días de alta previa.

        Porque el que no generes ingresos no impide que Hacienda o Seguridad Social puedan determinar que estás ejerciendo una actividad profesional o empresarial de forma habitual, y si existe esa habitualidad, aunque aún estés ingresando 0, tanto uno como otro organismo pueden considerar que debes de estar de alta.

        Así que como ves no es un tema fácil, todo depende de las circunstancias de cada una y las pretensiones de cada una.

        • Cynthia Urbano

          Miembro
          25 de febrero de 2021 en 11:22

          gracias! 2 meses es una referencia para tener en cuenta

  • Gi Soroka

    Administrador
    23 de febrero de 2021 en 13:23

    Cynthia, también te pueden pasar la factura final una vez que te hayan entregado todo y lances.

    😉

    • Cynthia Urbano

      Miembro
      24 de febrero de 2021 en 23:30

      Para otra emprendedora no es problema facturar después de la entrega del trabajo? Si lo planteo la pongo en un compromiso o depende ya de la buena voluntad de la otra parte? Gracias Gi

      • Kangyun Xiao

        Miembro
        25 de febrero de 2021 en 05:48

        Es otra idea interesante el de Gi. Todo depende de cada quien al final. Aunque formalmente lo suyo es facturar a no más de un mes desde la prestación de servicios, también es cierto que no es fácil para Hacienda determinar cuándo se produce la prestación (si bien con pagos electrónicos es mucho más fácil hacerlo que antaño). Así que en definitiva, es cuestión de negociarlo.

        • Cynthia Urbano

          Miembro
          25 de febrero de 2021 en 11:21

          wow gracias por tu tiempo en aportar tu experiencia en todas mis dudas =)

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